martes, 22 de febrero de 2022

Religión islámica en el cole (reto módulo 2)

Presentación de la buena práctica 

En mi caso, la buena práctica elegida es la decisión de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León de comenzar a impartir la asignatura de religión islámica en tres centros educativos de la provincia de Soria, a partir del curso 2016/2017. 

Si bien el derecho de los alumnos de confesión religiosa evangélica, judía e islámica a recibir enseñanza religiosa acorde con sus creencias se reguló por parte del estado español ya en 1992 a través de los Acuerdos de Colaboración con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, la Federación de Comunidades Israelitas de España y la Comisión Islámica de España, al menos en Castilla y León este derecho no se puso en práctica hasta septiembre de 2016. 

Para que dicha enseñanza sea impartida en un centro público dependiente de esta comunidad autónoma, el requisito es que lo soliciten al menos diez familias. Una vez solicitado, la Consejería de Educación determina el número de profesores necesarios, que serán seleccionados por la agrupación religiosa correspondiente, debiendo siempre cumplir los requisitos de titulación y conocimiento de la materia necesarios para ejercer la docencia. 

Esta medida garantiza, en el ámbito educativo soriano, la igualdad de trato a todas las confesiones religiosas dentro del marco de un Estado en el que, si bien la tradición predominante ha sido la católica, es oficialmente aconfesional y debe ser el reflejo de una sociedad cada vez más plural y multicultural. 

Ámbito en el que actúa esta buena práctica

Esta práctica se focaliza en el ámbito educativo, completando un proceso de transición cuyo punto de partida sería la educación católica que se impartía en los colegios españoles durante la dictadura franquista. 

Con la llegada de la democracia, se ha ido avanzando hacia la no obligatoriedad de esta asignatura en las diferentes etapas educativas. En los años 90, la alternativa para los alumnos que no deseaban cursar esta asignatura era la asignatura de ética, y en la educación secundaria se ofertaban asignaturas similares como valores o sociedad, cultura y religión que, en mi opinión, educan en aspectos fundamentales para la vida, de los cuales no deberían verse privados los alumnos que decidieran cursar religión católica. Es decir, el hecho de decidir estudiar religión católica no debería de implicar renunciar a la oportunidad de formarse en valores éticos o en el conocimiento de sociedades y culturas diferentes a la nuestra.

Al margen de esta idea, como hemos comentado antes, desde 1992 el Estado Español reconoce el derecho a las familias de otras confesiones (evangelista, judía e islámica) a que sus hijos reciban una enseñanza religiosa de acuerdo con sus creencias, en las mismas condiciones que se garantizan a las familias de confesión católica. De esta forma se pretende culminar la transición desde una educación impositora hacia una libertad de elección que tenga en cuenta y refleje la evolución de la sociedad española en los últimos 50 años, implementándose así un gran avance hacia la igualdad de todas las personas, independientemente de la fe que profesen. 

Posible impacto de la práctica

La enseñanza en los colegios de religiones diferentes al catolicismo tiene, en mi opinión, un gran poder transformador y eliminador de los prejuicios y el rechazo a las diferentes formas de ver el mundo. Creo que está fuera de toda discusión que la educación es el pilar fundamental sobre el que ha de asentarse la lucha contra cualquier tipo de discriminación y, por ello, si los niños son conscientes desde sus primeros años de vida de que forman parte de una sociedad multicultural, con diferentes enfoques hacia la religión y hacia la vida, es mucho el trabajo que se adelanta en relación a la tolerancia y a la normalización de la diferencia.

En una sociedad tradicionalmente católica, el sistema de creencias de las personas que llegaban desde otros países se vio en un principio arrinconado, bajo la extendida opinión de que el extranjero debe adaptarse a las costumbres y los valores del país al que se traslada. 

Incluso dando cierta validez a este discutible argumento (ya que, en mi opinión, la cultura dominante no debe imponerse a las culturas minoritarias, sino que debe enriquecerse gracias a ellas), lo que sí es indiscutible es el hecho de que, transcurrido un cierto periodo desde la llegada de los primeros inmigrantes, sus hijos son españoles de pleno derecho desde el mismo momento de su nacimiento y, por tanto, tienen todo el derecho a ser educados en la fe que profesa su familia, en las mismas condiciones que las que se facilitan a cualquier familia católica. 

Según un artículo publicado en febrero de 2020 por heraldo.es (https://www.heraldo.es/noticias/nacional/2020/02/18/musulmanes-espana-superan-primera-vez-2-millones-personas-1359544.html ), hay más de 2 millones de musulmanes residiendo en España, de los cuales 897.708 son españoles. Por tanto, la introducción de las enseñanzas de religión de otras confesiones en los colegios no hace sino reflejar la pluralidad cultural en la que vivimos, y el hecho de que los niños en edad escolar normalicen esta visión del mundo es prácticamente una garantía de una sociedad más tolerante en el futuro.

Puntos fuertes y débiles de la práctica

El principal punto fuerte de la introducción de la asignatura de religión islámica es su sólida base jurídica.  Desde la Constitución de 1978, que en su artículo 14 establece la igualdad de todos los españoles ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia, hasta las diferentes leyes educativas, pasando por los Acuerdos de Colaboración entre el Estado Español y las diferentes agrupaciones religiosas en 1992, es indudable que la introducción en los colegios de enseñanzas de religión de diferentes confesiones es una medida destinada a garantizar la igualdad entre todas las personas.

No obstante, aún queda, en mi opinión, un amplio margen de mejora hasta llegar a la verdadera igualdad entre los diferentes colectivos. Para empezar, es necesario que diez familias soliciten la impartición de clases de religión islámica para que la Consejería de Educación esté obligada a tramitar la petición. Esto quiere decir que, si en un colegio el número de familias solicitantes es menor, no se garantiza su derecho. Y, visto desde el lado contrario, si las familias musulmanas deciden agruparse en un mismo centro con objeto de garantizar el número que les permita acceder a su derecho, en ocasiones esto provoca que el centro en cuestión se transforme en un especie de “gueto” rechazado por otro tipo de familias, haciéndose en este caso un flaco favor a la labor de integración. 

Además, la escasez de horas a impartir hace que el puesto de profesor de religión islámica no sea apetecible para muchos docentes, ya que los ingresos a percibir no les compensan en muchas ocasiones los gastos que deben soportar para trasladarse al centro en cuestión.
Por ello, quizá en un futuro debería trabajarse en la idea de integrar la enseñanza de todas las religiones en una única asignatura que pudiera impartirse en una misma aula a alumnos de diferentes confesiones, de forma que todos aprendieran juntos la cultura y los valores de sus familias, y de las familias de sus compañeros, avanzando en un espíritu de convivencia y tolerancia, ya que el conocimiento es, en mi opinión, una de las armas más poderosas contra el miedo y el rechazo a lo diferente.







No hay comentarios:

Publicar un comentario

Reto 4. Campaña: "Aquí todos somos iguales"

Durante este módulo de la experiencia de aprendizaje hay una idea que se me ha quedado grabada con fuerza: Muchas veces los comportamientos ...